OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

En el Boletín de Castilla y León del día 3 de marzo de 2006 (www.jcyl.es/bocyl) se publicó la Oferta de Empleo Público de Castilla y León para el año 2006.

Es una oferta de empleo no exenta de polémica, ya que para algunos cuerpos son más numerosas las plazas ofertadas para consolidación de empleo temporal que para acceso libre y promoción interna. Por este motivo, algunos sindicatos ya han anunciado que van a recurrirla.

A continuación transcribimos el texto íntegro del decreto de la misma.



DECRETO 10/2006, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006.

El artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León establece que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes serán objeto de oferta de empleo público cuya periodicidad será anual.

Las incorporaciones de nuevos efectivos de personal vienen delimitadas por el marco económico establecido en las leyes de presupuestos generales, tanto de la Comunidad de Castilla y León como del Estado.

El Art. 18.3 de la Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2006 dispone que, durante dicho ejercicio, las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal se regularán, en cuanto a su número, por la legislación básica del Estado.

El Art. 20.1 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, en su primer párrafo, establece que, durante el año 2006, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público será, como máximo, igual al 100 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dentro de este límite, y sin perjuicio de lo dispuesto en las letras a), b), c) y d) del artículo 5.2 del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de febrero de 1964, la oferta de empleo público incluirá todos los puestos y plazas desempeñados por personal interino, nombrado o contratado en el ejercicio anterior, excepto aquellos sobre los que existe reserva de puesto o estén incursos en procesos de provisión. El mismo precepto excluye de la limitación mencionada, entre otros, a los Cuerpos de funcionarios docentes.

Por otra parte, el mismo Art. 20.1 «in fine» determina que, con independencia de lo dispuesto en el párrafo primero, las Administraciones públicas podrán convocar los puestos o plazas correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías que, estando dotados presupuestariamente e incluidos en sus relaciones de puestos de trabajo o catálogos, así como en las plantillas de personal laboral, se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad al 1 de enero de 2005.

El presente Decreto aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2006 autorizando la convocatoria pública de aquellas plazas estimadas prioritarias que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, dentro del marco, criterios y límites marcados por la normativa citada, y de conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Asimismo en cumplimiento de lo convenido en el Acuerdo para la modernización y mejora de la Administración Autonómica de Castilla y León, el presente Decreto favorece, por un lado, la promoción interna tanto del personal funcionario como del personal laboral, reservando un número de plazas específico y, por otro, el acceso de las personas con discapacidad a los Cuerpos, Escalas y Categorías de esta Administración, estableciendo una reserva del 10 por 100 de la oferta global para este colectivo en aplicación del párrafo tercero del apartado segundo del artículo 46 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

Por otra parte, en virtud de lo establecido en la Disposición final primera de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, el Decreto autoriza la convocatoria de procesos selectivos de estabilización para la sustitución de empleo interino y para la consolidación de empleo temporal estructural y permanente, complementando las plazas ya autorizadas por el Decreto 28/2005, de 21 de abril, por el que se aprobó la Oferta de empleo Público de esta Administración para el año 2005.

Los objetivos que persigue la Oferta de Empleo Público para el año 2006 son:

El primero y principal, garantizar suficiente y convenientemente la prestación de servicios públicos que debido a la demanda de los ciudadanos de Castilla y León, deban ser considerados como esenciales o prioritarios en cuanto a su prestación, como son: la educación, la sanidad, los servicios sociales y el medio ambiente. Para ello se incluye en la Oferta de Empleo un número de plazas relacionadas con estos sectores de la actividad pública, cuyo fin es garantizar y dar mayor cobertura de personal a estos sectores prioritarios.

En segundo lugar, y considerando el acceso al empleo un factor determinante en la mejora de la calidad de vida y la integración cada vez más plena de las personas con discapacidad en la sociedad, esta Administración, prosigue con su compromiso de llevar a cabo una política tendente a la remoción de cuántos obstáculos impidan o dificulten la igualdad en el acceso de estos ciudadanos al empleo público.

Por último, y considerando que la calidad del empleo público repercute directamente en la calidad de los servicios que se prestan a los ciudadanos y continuando con el compromiso asumido con los representantes de los trabajadores, se persigue reducir la temporalidad en el empleo público, mediante la convocatoria de los procesos de reducción de la temporalidad y de consolidación en el empleo que resulten necesarios.

Por lo tanto la presente Oferta de Empleo Público continúa y ahonda en la línea de ofertas anteriores en cuanto a su marcado objetivo de dar solución a determinadas demandas sociales ya sea a través de una mejora en la prestación de los servicios públicos, ya en la corrección de las desigualdades que dificultan el acceso al empleo público de las personas con discapacidad.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, visto el informe del Consejo de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 2 de marzo de 2006,

DISPONE:

Artículo 1.– Aprobación de la Oferta de Empleo Público.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y en los artículos 18 de la Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2006 y 20 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006, en los términos que se establecen en este Decreto.

Artículo 2.– Cuantificación de la Oferta de Empleo Público.

La presente oferta de empleo público, incluye, para su provisión, las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, de acuerdo con los criterios y según la composición que se detalla en el articulado y en los Anexos del presente Decreto.

Artículo 3.– Personas con discapacidad.

De acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de la integración social de los discapacitados, en los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público para ingreso en los Cuerpos o Escalas de funcionarios, en las Categorías de personal laboral y personal estatutario serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, reservándose para el acceso de aquellas personas que tengan la condición legal de discapacitados un porcentaje del 10 por 100. La distribución de esta reserva global por Cuerpos y Escalas de funcionarios y Categorías de personal laboral se efectuará en las respectivas convocatorias de las pruebas selectivas.

Las plazas previstas en los Anexos I y II de este Decreto reservadas para el turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, no podrán acumularse a las plazas convocadas para el turno libre.

A tales efectos, los tribunales de las pruebas selectivas podrán requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de cualquier otro órgano competente en la materia, con el fin de asegurar que las personas con discapacidad realicen las pruebas selectivas en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.

Artículo 4.– Personal laboral.

Las pruebas selectivas correspondientes a las plazas de personal laboral que figuran en el Anexo II habrán de referirse a puestos que, conforme al artículo 17.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, puedan ser desempeñados por personal laboral, y por lo tanto, no estén afectados por la disposición adicional octava de dicho texto legal.

Artículo 5.– Promoción interna.

Al objeto de potenciar la promoción interna concebida en su doble vertiente de instrumento de cobertura de vacantes y de fomento de las expectativas profesionales del personal al servicio de la Administración, así como de incremento de su capacidad de trabajo y de sus niveles de motivación e integración, y en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo para la modernización y mejora de la Administración autonómica de Castilla y León, se autoriza la convocatoria de 100 plazas para personal funcionario y 45 para personal laboral que podrán convocarse conjuntamente o de forma separada de las incluidas en los Anexos I y II, en los ámbitos sectoriales que se determine, según se dispone en los Anexos IV y V y en las que se aplicará lo dispuesto en el artículo 3 del presente Decreto.

De conformidad con el artículo 71.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, podrán participar en la promoción interna del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León el personal laboral fijo de la Administración Autonómica y de sus Organismos Autónomos que ostente la categoría profesional de personal subalterno. Dicho personal deberá estar en posesión de la titulación académica requerida para el acceso al Cuerpo Auxiliar y haber prestado servicios durante al menos dos años como personal laboral fijo en la categoría profesional desde la que acceda.

Respecto del personal estatuario, las convocatorias de los procesos selectivos determinarán el número de plazas a cubrir por el turno de promoción interna, dentro de los límites cuantitativos que para dicho personal autoriza a convocar este Decreto.

Artículo 6.– Reducción de la temporalidad.

La presente oferta de empleo público, junto con las plazas comprometidas a través de ofertas anteriores pendientes de adjudicación, se destinará a la cobertura de puestos o plazas de los Cuerpos, Escalas y Categorías de esta Administración que, sin incrementar los efectivos y estando presupuestariamente dotados e incluidos en las relaciones de puestos de trabajo, se encuentren ocupados interina o temporalmente.

Asimismo dentro del marco general de reducción de la temporalidad, se autoriza la convocatoria de plazas en los Cuerpos, Escalas y Categorías profesionales donde existe un importante volumen de puestos ocupados por personal interino o laboral temporal, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siete respecto al personal sanitario.

La distribución de las 340 plazas por Cuerpos y Escalas de funcionarios se relacionan en el Anexo VI.

La distribución de las 511 plazas de personal laboral que serán objeto de consolidación de empleo y reducción de empleo temporal, se relaciona en el Anexo VIII. En ellas se incluyen las previstas en el Acuerdo de 3 de diciembre de 2002, del Foro de convergencia del personal laboral transferido por el Real Decreto 1340/1999 que recoge el Convenio Colectivo para el personal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

El personal interino o temporal cesará automáticamente en los supuestos legalmente previstos.

Artículo 7.– Procesos de estabilidad y consolidación de empleo temporal en el sector sanitario.

Con la finalidad de terminar los procesos de estabilidad y consolidación de empleo temporal en el sector sanitario se autoriza la convocatoria de 124 plazas de personal funcionario sanitario según se dispone en el Anexo VII. Dichas plazas se convocarán acumuladamente a las plazas autorizadas en los Decretos de Oferta de Empleo Público para los años 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2004 y 2005 que se encuentran pendientes de convocar.

Artículo 8.– Personal de carácter temporal.

Durante el año 2006 no se procederá a la contratación de personal laboral con carácter temporal, ni al nombramiento de personal interino, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, con autorización conjunta de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Hacienda.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.– Procesos de Funcionarización.

La Consejería de Presidencia y Administración Territorial procederá a convocar los correspondientes procesos de funcionarización, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

A tal efecto, se autoriza al Consejero de Presidencia y Administración Territorial para que dicte cuantas resoluciones y disposiciones sean necesarias para llevar a cabo dichos procesos.

Segunda.– Procesos selectivos de la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

Se autoriza a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial para convocar los procesos selectivos previstos en la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

Tercera.– Régimen de las convocatorias.

Las convocatorias de las pruebas selectivas para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Categorías profesionales, se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en la Disposición Final segunda de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas fiscales, Económicas y Administrativas, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en los acuerdos firmados en relación con los procesos de promoción interna y de consolidación y reducción del empleo temporal.

Las convocatorias relativas al personal docente y al personal estatutario, se regularán por la legislación básica en la materia y se aplicará la normativa citada en el párrafo anterior en lo que no contradiga la misma.

Cuarta.– Convocatorias y órgano competente.

Corresponde a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, la convocatoria de las respectivas pruebas selectivas, a propuesta de las correspondientes Consejerías, estableciendo las bases, programas y contenido de las mismas.

Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta Oferta deberán publicarse en el «Boletín Oficial de Castilla y León» antes del 30 de junio de 2006, salvo en aquellos casos debidamente justificados, previo informe de la Dirección General de la Función Pública.

Quinta.– Encomienda de gestión de los procesos selectivos.

Por razones de eficacia, podrá encomendarse la gestión material de las pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público a las diferentes Consejerías en los siguientes extremos: Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas, verificación del cumplimiento de requisitos, aprobación de las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos señalando en este ultimo caso la fecha de realización del primer ejercicio y la propuesta de miembros que han de formar parte de los tribunales calificadores. Los gastos originados de la gestión material de las pruebas objeto de encomienda correrán a cargo de la Consejería a la que se encomiende su gestión.

Sexta.– Bolsas de empleo.

La Consejería de Presidencia y Administración Territorial podrá, mediante Orden, dictar las disposiciones precisas para la gestión y funcionamiento de las bolsas de empleo previstas en el artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y león, que se constituyan como consecuencia de los diferentes procedimientos selectivos.

Séptima.– Información de los procesos selectivos.

La información relativa a las convocatorias de las pruebas y al desarrollo de los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público se incluirá en la página Web de la Junta de Castilla y León (http://www.jcyl.es/oposiciones y http://www.jcyl.es/respuestasopos) y se remitirá al Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al ciudadano.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Segunda.– Bases comunes.

La Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en el plazo de 15 días, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, aprobará y publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» las bases comunes que deberán regir los procesos selectivos derivados de esta Oferta de Empleo Público.

Valladolid, 2 de marzo de 2006.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

El Consejero de Presidencia y Administración Territorial,

Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco

ANEXO I

CUERPOS Y ESCALAS DE FUNCIONARIOS

ADMINISTRACIÓN GENERAL

Grupo A

Cuerpo Superior de Administración 15

Grupo B

Cuerpo de Gestión de Administración 10

Grupo D

Cuerpo Auxiliar 83

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

Grupo A

Cuerpo Superior de Administración Económico-Financiera 15

Cuerpo de Letrados 7

Cuerpo de Ingenieros Superiores (Agrónomos) 3

Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes) 5

Cuerpo de Ingenieros Superiores (Caminos, Canales y Puertos) 4

Cuerpo de Ingenieros Superiores (Telecomunicaciones) 4

Cuerpo de Ingenieros Superiores (Industriales) 5

Cuerpo de Ingenieros Superiores (Minas) 2

Cuerpo de Arquitectos 2

Cuerpo Facultativo Superior (Arqueólogos) 3

Cuerpo Facultativo Superior (Biólogos) 3

Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) 2

Cuerpo Facultativo Superior (Escala de Archiveros) 3

Cuerpo Facultativo Superior ( Escala de Bibliotecarios) 2

Cuerpo Facultativo Superior (Escala de Seguridad e Higiene en el Trabajo) 3

Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Farmacéuticos) 30

Cuerpo Facultativo Superior Escala Sanitaria (Veterinarios) 6

Grupo B

Cuerpo de Gestión de Administración Económico-Financiera 15

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Agrícolas) 20

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) 2

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Industriales) 2

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Obras Públicas) 4

Cuerpo de Arquitectos Técnicos y Aparejadores 2

Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Asistentes Sociales) 18

Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Escala de Ayudantes de Archivo) 3

Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Escala de Ayudantes de Biblioteca) 2

Grupo C

Cuerpo de Ayudantes Facultativos (Escala de Agentes Medioambientales) 25

Total plazas de personal funcionario 300

CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

Especialidad

Filosofía 18

Lengua Castellana y Literatura 58

Geografía y Historia 46

Matemáticas 59

Física y Química 5

Biología y Geología 10

Dibujo 20

Francés 9

Inglés 14

Música 40

Educación Física 10

Psicología y Pedagogía 27

Tecnología 18

Economía 17

Administración de Empresas 9

Análisis y Química Industrial 4

Formación y Orientación Laboral 17

Hostelería y Turismo 8

Informática 9

Intervención Sociocomunitaría 12

Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos 3

Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica 7

Procesos en la Industria Alimentaría 3

Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos 3

Procesos y Medios de Comunicación 4

Procesos y Productos de Artes Gráficas 3

Procesos y Productos en Madera y Mueble 3

Sistemas Electrónicos 3

Sistemas Electrotécnicos y Automáticos 3

Total 442

CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

Especialidad

Cocina y Pastelería 14

Fabricación e Instalación de Carpintería y Mueble 3

Mantenimiento de Vehículos 15

Producción de Artes Gráficas 5

Servicios a la Comunidad 8

Servicios de Restauración 3

Soldadura 6

Total 54

Psicología y Pedagogía 27

Tecnología 18

Economía 17

Administración de Empresas 9

Análisis y Química Industrial 4

Formación y Orientación Laboral 17

Hostelería y Turismo 8

CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS

Especialidad

Francés 5

Inglés 8

Total 13

CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS

Especialidad

Clarinete 4

Fundamentos de Composición 4

Piano 10

Viola 4

Total 22

CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO

Especialidad

Dibujo Artístico y Color 8

Dibujo Técnico 2

Diseño Gráfico 3

Historia del Arte 6

Medios Informáticos 8

Organización Industrial y Legislación 3

Volumen 2

Total 32

ANEXO IV

PROMOCIÓN INTERNA DE PERSONAL FUNCIONARIO

ADMINISTRACIÓN GENERAL

Grupo A

Cuerpo Superior de Administración 5

Grupo B

Cuerpo de Gestión de la Administración 13

Grupo C

Cuerpo Administrativo 35

Grupo D

Cuerpo Auxiliar 35

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

Grupo A

Cuerpo Superior de Administración Económico-Financiera 10

Cuerpo de Ingenieros Superiores (Agrónomos) 2

Total plazas de personal funcionario 100

ANEXO V

PROMOCIÓN INTERNA DE PERSONAL LABORAL

Total plazas de personal laboral 45

ANEXO VI

REDUCCIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE PERSONAL FUNCIONARIO

ADMINISTRACIÓN GENERAL

Grupo A

Cuerpo Superior de Administración 50

Grupo B

Cuerpo de Gestión de Administración 15

Grupo D

Cuerpo Auxiliar 230

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

Grupo A

Cuerpo de Ingenieros Superiores (Agrónomos) 5

Cuerpo Facultativo Superior (Biólogos) 4

Cuerpo Facultativo Superior (Químicos) 2

Cuerpo de Arquitectos 4

Grupo B

Cuerpo de Gestión de Administración Económico-Financiera 5

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Agrícolas) 5

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Industriales) 4

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) 2

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Minas) 4

Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Obras Públicas) 3

Cuerpo de Técnicos y Diplomados (Esc. Seguridad e Higiene en el Trabajo) 4

Grupo C

Cuerpo de Ayudantes Facultativos (Inspectores de Campo) 3

Total plazas de personal funcionario 340

ANEXO VII

CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE PERSONAL FUNCIONARIO SANITARIO

Grupo A

Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria:

Médicos 13

Facultativos Especialistas 11

Veterinarios 43

Grupo B

Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo, Escala Sanitaria:

ATS/DUE 11

ATS/DUE, Atención Hospitalaria 23

Grupo C

Cuerpo de Ayudantes Facultativos (ATL) 5

Grupo D

Cuerpo Auxiliar Facultativo, Escala Sanitaria (Auxiliar de Enfermería) 18

TOTAL PLAZAS 124

ANEXO VIII

CONSOLIDACIÓN Y REDUCCIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE PERSONAL LABORAL

ANEXO VIII. A)

CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE PERSONAL LABORAL (FORO DE

CONVERGENCIA DE EDUCACIÓN)

Grupo II

Fisioterapeuta 5

Grupo III

Ayudante Técnico Educativo 10

Cocinero 6

Grupo IV

Ayudante de Cocina 5

Oficial 2ª de Oficios (Mantenimiento) 2

Grupo V

Personal Subalterno, Ordenanza 32

Personal Subalterno, Vigilante 1

Personal de Servicios 79

Total plazas 140

ANEXO VIII. B)

REDUCCIÓN DE EMPLEO TEMPORAL LABORAL

Total plazas de personal laboral 203

ANEXO VIII. C)

REDUCCIÓN DE EMPLEO TEMPORAL LABORAL

(PERSONAL FIJO DISCONTINUO DE LA CAMPAÑA DE PREVENCIÓN Y/O EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE)

Grupo III

Oficial 1ª Conductor 41

Grupo V

Escucha de Incendios 94

Peones de Montes 33

Total plazas 168

TOTAL PLAZAS 511

ANEXO IX

PERSONAL ESTATUTARIO

Categorías

Técnicos de Salud Pública 2

Logopedas 3

T. Anatomía Patológica 7

Terapeuta Ocupacional 3

Gobernanta 5

Cocinero 24

Electricistas 7

Mecánico 4

Costurera 3

Telefonista 5

Lavanderas 20

Planchadoras 13

Peones 6

Pinches 42

Limpiadora 74

Total Categorías 218

Especialidades

Alergología 4

Análisis Clínicos 6

Anatomía Patológica 4

Angiología y Cirugía Vascular 2

Cardiología 12

Cirugía Cardiovascular 2

Dermatología Medicoquirúrgica y Ven. 5

Endocrinología y Nutrición 3

Farmacia Hospitalaria 8

Geriatría 2

Hematología y Hemoterapia 6

Medicina Intensiva 4

Medicina del Trabajo 3

Microbiología y Parasitología 3

Nefrología 3

Neumología 4

Neurocirugía 4

Neurofisiología 2

Neurología 2

Oncología Radioterápica 2

Otorrinolaringología 9

Psicología Clínica 5

Radiofísica Hospitalaria 2

Rehabilitación 2

Urgencia Hospitalaria 19

Urología 7

Total Especialidades 125

TOTAL PLAZAS 343

Comentarios

Anónimo ha dicho que…
lo de la consolidación de empleo temporal es reirse de la gente que estamos preparando oposiciones
Anónimo ha dicho que…
me extraña que los sindicatos lo recurran seguro ke todo a sido con su ayuda
Anónimo ha dicho que…
es k es demasiado esta vez se han pasado
Anónimo ha dicho que…
mal ...
Anónimo ha dicho que…
ya que sois los únicos que habéis hablado de lo polémico que es la consolidación de empleo, ¿por qué no abrís un foro de debate en el que la gente deje sus comentarios?
Anónimo ha dicho que…
este país ha perdido la vergüenza ...
Anónimo ha dicho que…
sería bueno que abrieseis un foro
Anónimo ha dicho que…
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