Tal y como deciamos en el post de ayer, los temas jurídicos se suelen atragantar a los no juristas. Intentaremos facilitar que esto no sea así.
Empezamos con un clásico: las fuentes del Derecho.
Las fuentes del Derecho, como su propia palabra indica, son los orígenes del Derecho, lo que crea el Derecho. Estas fuentes pueden ser legitimación de actos y negocios jurídicos, medio de conocimiento o forma de manifestarse el Derecho, o modo de producción de normas jurídicas.
Las fuentes del Derecho se clasifican en dos tipos, según sean materiales o formales.
Las fuentes materiales son la fuerzas sociales o instituciones que tienen facultad normativa, es decir que tienen la competencia para crear normas jurídicas, como pueden ser las Cortes Generales, las asambleas de las comunidades Autónomas, y también los grupos sociales respecto de usos y costumbres.
Las fuentes formales son los modos o formas en los que se muestra externamente el Derecho: la leyes, los reglamentos y las costumbres.
Las fuentes formales también se pueden clasificar en directas e indirectas. Las fuentes directas son las que encierran en sí la ley, mientras las indirectas, las que no son normas jurídicas, pero ayudan a su producción y comprensión, como jurisprudencia, etc.
Empezamos con un clásico: las fuentes del Derecho.
Las fuentes del Derecho, como su propia palabra indica, son los orígenes del Derecho, lo que crea el Derecho. Estas fuentes pueden ser legitimación de actos y negocios jurídicos, medio de conocimiento o forma de manifestarse el Derecho, o modo de producción de normas jurídicas.
Las fuentes del Derecho se clasifican en dos tipos, según sean materiales o formales.
Las fuentes materiales son la fuerzas sociales o instituciones que tienen facultad normativa, es decir que tienen la competencia para crear normas jurídicas, como pueden ser las Cortes Generales, las asambleas de las comunidades Autónomas, y también los grupos sociales respecto de usos y costumbres.
Las fuentes formales son los modos o formas en los que se muestra externamente el Derecho: la leyes, los reglamentos y las costumbres.
Las fuentes formales también se pueden clasificar en directas e indirectas. Las fuentes directas son las que encierran en sí la ley, mientras las indirectas, las que no son normas jurídicas, pero ayudan a su producción y comprensión, como jurisprudencia, etc.
Otra clasificación de las fuentes formales es en fuentes escritas y no escritas.
Esquema:
- Definición de fuentes del Derecho
- Las fuentes del Derecho: materiales o formales.
- Fuentes formales: directas o indirectas, y, escritas y no escritas.
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