EL EMPLEO PÚBLICO (VIII)

8. Las Administraciones estatales

Administración General del Estado

La Administración General del Estado integra el conjunto de órganos administrativos que ejercen sobre todo el territorio nacional las competencias que la Constitución atribuye al Estado.

La Administración ejecuta materialmente la política del Gobierno. Con el objeto de llevar a cabo este propósito, se organiza en Ministerios, con sede central en Madrid y dotados de servicios periféricos en el resto del territorio nacional.

Administración autonómica

Las Administraciones Públicas Autonómicas ejercen competencias en las materias definidas en sus respectivos Estatutos de Autonomía. Cada Comunidad Autónoma ha establecido su propio modelo de organización administrativa estructurada en Consejerías y cada una de éstas cuenta con servicios centrales y territoriales (provinciales y/o comarcales).

Actualmente existen 17 Comunidades Autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Región de Murcia, País Vasco, y La Rioja. Además, Ceuta y Melilla se constituyeron en ciudades autónomas dotadas del correspondiente estatuto.

Administración Local

Las entidades locales básicas reconocidas en la Constitución son el Municipio, la Provincia y la Isla en los archipiélagos balear y canario. Además pueden crearse otras entidades como comarcas, áreas metropolitanas o mancomunidades de municipios.

En los municipios, el gobierno y la administración corresponden al Ayuntamiento, formado por el Alcalde y los Concejales; en las provincias, a la Diputación; y en las islas, a los Cabildos o Consejos Insulares.

Administración Institucional

Es el conjunto de organizaciones dotadas de personalidad jurídica propia, autonomía financiera y de gestión, de que se sirven las Administraciones territoriales (estatal, autonómica y local) para la prestación de un servicio o actividad administrativa en régimen de descentralización funcional.

En el caso de la Administración institucional de Estado, los "organismos públicos" deben ser creados por ley y pueden ser "organismos autónomos", sometidos al derecho administrativo, o "entidades públicas empresariales", cuya actuación se rige principalmente por el derecho privado. También existen "sociedades mercantiles" y otras entidades institucionales con una regulación específica.

La Unión Europea

La Unión Europea es una estructura jurídica compleja, integrada por tres organizaciones internacionales (las Comunidades Europeas) y un sistema institucionalizado de cooperación entre sus Estados Miembros. En la actualidad, forman parte de la misma veintisiete estados: Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Reino Unido, Irlanda, Dinamarca, Grecia, España, Portugal, Austria, Finlandia, Suecia, Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, República Eslovaca, Eslovenia,

Los Tratados constitutivos establecen cinco instituciones, cada de ellas con una función específica:

- El Parlamento Europeo (elegido por los ciudadanos de los Estados miembros) participa en el proceso legislativo junto con el Consejo y ejerce el control político sobre la Comisión.

- El Consejo de la Unión Europea (formado por representantes de los Gobiernos de los Estados miembros) dispone del principal poder de decisión.

- La Comisión Europea (compuesta por 20 Comisarios independientes) tiene competencias ejecutivas que ejerce a través de la Administración comunitaria.

- El Tribunal de Justicia (compuesto por 15 jueces) garantiza el respeto y la correcta interpretación del derecho comunitario.

- El Tribunal de Cuentas (compuesto por 15 miembros) efectúa el control de la legalidad y la regularidad de la gestión del presupuesto de la UE.

Además existen órganos auxiliares que desarrollan funciones consultivas (Comité Económico y Social, Comité de las Regiones), de defensa de los derechos de los ciudadanos (Defensor del Pueblo) y financieras (Banco Central Europeo, Banco Europeo de Inversiones), así como distintas agencias y organismos especializados.

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