EL EMPLEO PÚBLICO (VI)

6. Sistemas de selección

El personal al servicio de la Administración Pública debe ser seleccionado mediante procedimientos públicos que garantizan el acceso en condiciones de igualdad, mérito y capacidad.

Los procedimientos más habituales son:

a) Oposición. Consiste en la realización de una o más pruebas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes y fijar su orden en función de la puntuación obtenida.

b) Concurso. Tiene por objeto evaluar los méritos de los aspirantes al puesto según la baremación establecida, fijando, igualmente, su orden de puntuación.

c) Concurso-oposición. Es un sistema mixto en el que se combinan los dos anteriores.

El sistema de selección del personal varía según se trate de personal permanente o temporal. En la selección de personal para cubrir puestos de funcionario de carrera se utiliza, por regla general, la oposición o el concurso-oposición, y sólo excepcionalmente, el concurso. Para la selección de personal laboral permanente el sistema más habitual es el de concurso-oposición.

Actualmente en la Administración General del Estado, y generalmente en las administraciones
autonómicas, la selección de personal funcionario interino se efectúa mediante bolsas de trabajo con los aspirantes que, habiendo aprobado algún ejercicio de una oposición anterior, no hayan superado la totalidad del proceso selectivo. Para la contratación de personal laboral temporal las bolsas incluyen a los aspirantes que alcancen el nivel mínimo suficiente que se establezca en las convocatorias de selección del personal laboral permanente. Cuando no existe lista de espera o bolsa de trabajo, el procedimiento de selección se articula mediante convocatorias específicas por el sistema de concurso.

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